La Economía de la Paz.
Economy of Peace
Resumen (es)
En el futuro cercano se debe poner en práctica una nueva teoría económica basada en los hechos recientes: la economía de la paz. La teoría económica de la paz propone que la interdependencia económica promueva la paz y prevenga los conflictos. La interdependencia económica es conducente a la paz porque la cooperación económica entre actores privados y públicos puede generar el interés nacional en diversos temas, entre ellos el económico. Usualmente, la implementación de la economía de la paz acorde con sus diferentes objetivos implica dividirla en dos niveles fundamentales: uno macro y otro micro. A nivel macro, la economía de la paz implica una serie de reformas estructurales para asegurar un "entorno propicio" para la construcción de la paz, incluyendo una baja inflación y bajos déficits presupuestarios. A nivel micro, el desarrollo de la empresa privada es una estrategia fundamental que debe ser utilizada como un elemento para fomentar la resolución de conflictos por medio de la acción colectiva.Resumen (en)
Referencias
Bejarano, A. (1995). Una agenda para la paz. Aproximaciones desde la teoría de la resolución de conflictos. Bogotá: Tercer Mundo Editores.
Kaldor, M. (1998). New and old wars: Organized violence in a global era. Cambridge: Polity.
Kalyvas, S. (2001). ‘New’ and ‘Old’ Civil Wars: A Valid Distinction? World Politics, 54(1), 99-118.
Schelling, T (1981). The Strategy of Conflict. Cambridge: Harvard University Press.
Visitas
Descargas
Cómo citar
Licencia
Los autores mantienen los derechos sobre los artículos y por tanto son libres de compartir, copiar, distribuir, ejecutar y comunicar públicamente la obra bajo las condiciones siguientes:
Reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciante (pero no de una manera que sugiera que tiene su apoyo o que apoyan el uso que hace de su obra).
CIFE está bajo una licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
La Universidad Santo Tomás conserva los derechos patrimoniales (copyright) de las obras publicadas, y favorece y permite la reutilización de las mismas bajo la licencia anteriormente mencionada.
CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR
_____________________, mayor de edad, identificado con la cedula de ciudadanía No. _________ expedida en la ciudad de ____________, en adelante EL CEDENTE, en mi calidad de autor del artículo _________________________________________________________________, que será publicado en la revista _____________________________, volumen _____, número _______ año _________en ejemplares físicos, en el portal institucional, página web o en cualquier medio conocido o por conocerse, manifiesto mi voluntad de ceder a título gratuito los derechos patrimoniales de autor derivados del artículo antes mencionado, a favor de la Universidad Santo Tomás, (en adelante EL CESIONARIO) específicamente para la Revista _______________________ en el volumen y año arriba citados.
EL CEDENTE manifiesta que todos los contenidos de la obra antes citada son de su autoría, que son inéditos, que no están siendo evaluados por otra institución, que no los ha enajenado a terceros, que no tiene limitación legal o contractual que le prohíba autorizar su publicación en acceso abierto y medio impreso, digital, así como hacerlo visible en las bases de datos e índices en donde se encuentre indexada la revista; EL CEDENTE está dispuesto a salir al saneamiento por cualquier acción de reivindicación, plagio u otra clase de reclamación que al respecto pudiera sobrevenir.
Para todos los efectos a los que haya lugar la legislación aplicable respecto de la presente cesión será la legislación que en materia de derechos de autor prime en el territorio de Colombia, así como los tratados Internacionales que sobre este particular se acepten e incorporen a legislación nacional y la legislación complementaria que se expida sobre el particular.
En virtud de la presente cesión, el cesionario queda autorizado para copiar, reproducir, distribuir, publicar, comercializar el artículo objeto de la cesión, por cualquier medio digital, electrónico o reprográfico, conocido o por conocerse, conservando la obligación de respetar en todo caso los derechos morales del autor contenidos en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982, ley 1450 de 2011 y ley 1520 de 2012.
Se firma en señal de aceptación a los ____ días del mes de ___________
EL CEDENTE ______________________
C.C.