Ética en la investigación

Compromiso ético-social con poblaciones diversas y vulneradas

Principio. Asumimos un compromiso ético-social operacional con la investigación que involucra poblaciones diversas y vulneradas. Este compromiso se traduce en exigencias éticas reforzadas, verificables en el manuscrito, en la lista de comprobación pre-envío y en la rúbrica de evaluación por pares.

Estándares éticos generales. Para todos los estudios exigimos cumplimiento de los estándares éticos de la disciplina: consentimiento informado adecuado al perfil de las personas participantes; aprobación por comité de ética de la investigación con código institucional verificable; adhesión a la Declaración de Helsinki, al Código de Ética de la APA (https://www.apa.org/ethics/code) y a la normativa nacional e internacional aplicable según el tipo de investigación y países en donde se desarrolló la investigación.

Estándares éticos reforzados. Para estudios con poblaciones vulnerables o vulneradas exigimos adicionalmente:

  • Aprobación específica del comité de ética para esa población, no aprobación genérica del proyecto.
  • Procedimientos de consentimiento adecuados al perfil: asentimiento de niñas, niños y adolescentes con consentimiento de quienes ejercen representación legal; lenguaje accesible para personas con discapacidad cognitiva; traducción a lenguas indígenas u otros idiomas no hispanohablantes cuando corresponda; procedimientos especiales en contextos de relaciones de poder asimétricas.
  • Medidas reforzadas de anonimización y protección de la confidencialidad: anonimización de datos identificables, ocultamiento total de rostros en fotografías cuando se publiquen, protección frente a identificación indirecta de personas o comunidades.
  • Devolución de resultados a la comunidad participante cuando sea aplicable, especialmente en investigación con pueblos indígenas, comunidades étnicas, poblaciones víctimas y comunidades en condiciones de vulnerabilidad estructural.

 

Definición operacional. Entendemos por poblaciones vulnerables o vulneradas: niñas, niños y adolescentes; personas con discapacidad o trastornos mentales graves; personas privadas de la libertad; víctimas del conflicto armado, de violencia sociopolítica o de violencias basadas en género; pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes, raizales y palenqueras, pueblo Rrom y otras minorías étnicas; población migrante, refugiada o en situación de desplazamiento forzado; personas en pobreza extrema o exclusión social estructural; personas LGBTIQ+ en contextos de discriminación o violencia; personas mayores en situación de dependencia o institucionalizadas; personas en situación de calle; trabajadoras y trabajadores sexuales; personas en consumo problemático de sustancias; personas con enfermedades graves, terminales o estigmatizadas; estudiantes, pacientes, empleados o cualquier población en relación de subordinación o dependencia respecto al investigador. Esta enumeración es enunciativa: el equipo editorial valora otras situaciones de vulnerabilidad caso por caso.

Lenguaje no estigmatizante. El manuscrito debe emplear lenguaje respetuoso al referirse a personas o comunidades en condiciones de vulnerabilidad (https://apastyle.apa.org/style-grammar-guidelines/bias-free-language). Las directrices para autores ofrecen ejemplos específicos (hipervínculo al documento de “Directrices para autores”).

Compromiso con la ciencia abierta

Principio. Adoptamos el modelo de ciencia abierta como estándar editorial. Su cumplimiento se hace visible mediante un sistema de insignias que se otorgan tras verificación editorial y se muestran en la portada de cada artículo publicado.

Disponibilidad obligatoria de declaraciones. Cada manuscrito empírico debe incluir, como apartados específicos del cuerpo del artículo, las siguientes declaraciones:

  • Disponibilidad de datos. Indicación sobre dónde se encuentran los datos del estudio, conforme a una de estas opciones cerradas: (a) datos depositados en repositorio público con DOI; (b) datos disponibles como material suplementario del artículo; (c) datos disponibles bajo solicitud razonable a las autoras y autores; (d) datos no disponibles públicamente por restricciones éticas o legales, con justificación explícita.
  • Disponibilidad de métodos analíticos. Indicación sobre la disponibilidad de scripts, código analítico o sintaxis empleados, conforme a las mismas opciones cerradas adaptadas.
  • Disponibilidad de materiales. Indicación sobre la disponibilidad de instrumentos, protocolos, estímulos o cualquier otro material empleado en la investigación, conforme a las mismas opciones cerradas adaptadas.

 

Pre-registro y publicación de protocolos. Acogemos y promovemos el pre-registro de estudios y la publicación de protocolos de investigación en repositorios reconocidos de acuerdo con los principios FAIR (https://www.go-fair.org/fair-principles/).  Cuando un estudio ha sido pre-registrado, las autoras y autores deben indicarlo en el manuscrito con identificador o URL del registro.

Sistema de insignias. Diversitas otorga las siguientes insignias visibles en la portada del artículo publicado:

  • Open Data: datos del estudio depositados públicamente en repositorio confiable, accesibles y reutilizables.
  • Open Materials: materiales de investigación depositados públicamente en repositorio confiable.
  • Open Code: código analítico depositado públicamente en repositorio confiable.
  • Pre-Registered: estudio pre-registrado antes de la recolección de datos, con consistencia verificable entre el pre-registro y el manuscrito publicado.

 

Las insignias se otorgan tras verificación editorial del cumplimiento de los criterios. Las directrices para autores especifican los repositorios reconocidos y los procedimientos de verificación (hipervínculo al documento de “Directrices para autores”).

Restricciones legítimas. Reconocemos que la disponibilidad pública de datos puede ser éticamente improcedente o legalmente imposible en ciertos casos (datos sensibles de poblaciones vulnerables, restricciones por comité de ética, restricciones contractuales, protección de identidad de comunidades). En estos casos, las autoras y autores justifican explícitamente la restricción, lo cual no afecta la posibilidad de publicación del manuscrito pero sí la elegibilidad para la insignia Open Data.

Compromiso con la integridad de la publicación

Marcos normativos. Nos adherimos a los lineamientos COPE (Committee on Publication Ethics; https://publicationethics.org/) en todas las cuestiones de integridad de la publicación, incluidas autoría, conflictos de interés, retractaciones y correcciones. Asumimos los criterios de autoría del ICMJE (International Committee of Medical Journal Editors; https://www.icmje.org/) y la taxonomía Contributor Roles Taxonomy (CrediT; https://credit.niso.org/) para la declaración operacional de las contribuciones individuales.

Criterios de autoría. Para ser considerada o considerado autora o autor de un manuscrito en Diversitas, una persona debe cumplir simultáneamente con los cuatro criterios ICMJE:

  • Haber contribuido sustancialmente a la concepción o diseño del trabajo, o a la adquisición, análisis o interpretación de los datos.
  • Haber participado en la redacción del manuscrito o en su revisión crítica con aportes intelectuales sustantivos.
  • Haber aprobado la versión final que se somete para publicación.
  • Asumir responsabilidad por la integridad del trabajo en su conjunto.

 

Las personas que contribuyen al proyecto sin cumplir simultáneamente los cuatro criterios se reconocen en la sección de agradecimientos del manuscrito, con especificación de su contribución.

Declaración de contribuciones (CRediT). Cada autora y autor declara explícitamente sus contribuciones individuales conforme a los catorce roles de la taxonomía CRediT: conceptualización; curación de datos; análisis formal; adquisición de financiación; investigación; metodología; administración del proyecto; recursos; software; supervisión; validación; visualización; redacción del borrador original; redacción, revisión y edición.

Cambios de autoría. Cualquier cambio en la autoría tras el sometimiento del manuscrito (adición, eliminación o reordenamiento) requiere comunicación formal al equipo editorial firmada por todas las personas involucradas, con justificación explícita del cambio.

Conflictos de interés. Las autoras y autores declaran todo conflicto de interés relevante para la interpretación del manuscrito: financieros (empleo, consultorías, acciones, honorarios, regalías, patentes); institucionales (financiamiento del estudio, relaciones con organizaciones interesadas en los resultados); personales o académicos (relaciones cercanas con personas involucradas, posiciones teóricas con anclaje en disputas del campo); rol del financiador en cualquier fase del estudio.

Verificación de similitud y plagio. Cada manuscrito recibido es verificado contra herramientas de detección de similitud y plagio. Los manuscritos cuyo análisis muestre solapamientos sustantivos con literatura previa son devueltos a las autoras y autores con solicitud de ajustes o rechazados, según la magnitud y naturaleza del solapamiento.

Uso de inteligencia artificial generativa. La inteligencia artificial generativa no puede ser considerada autora de un manuscrito. Las autoras y autores declaran explícitamente el uso de cualquier herramienta de IA generativa en cualquier fase de la investigación o redacción del manuscrito. Las pares evaluadoras y evaluadores declaran su uso en la elaboración del dictamen y mantienen la confidencialidad del manuscrito.

Gestión de incidentes éticos. Los incidentes éticos —plagio, fabricación o falsificación de datos, publicación duplicada o redundante, disputas de autoría, conflictos de interés no declarados, retractaciones y correcciones— se gestionan conforme a los protocolos COPE.

No discriminación en decisiones editoriales. Las decisiones editoriales se toman exclusivamente por el rigor científico y la contribución académica de los manuscritos, sin consideración de raza, género, orientación sexual, identidad de género, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, filosofía política, posición teórica, nivel de formación o afiliación institucional de las autoras o autores, ni de las personas o comunidades participantes en sus investigaciones.

Régimen de derechos

Licencia. Diversitas opera bajo licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0). Esta licencia permite que terceros copien, distribuyan, exhiban y ejecuten la obra y la usen como base para obras derivadas, siempre que reconozcan la autoría original, no la usen con fines comerciales y distribuyan las obras derivadas bajo la misma licencia.

Cesión de derechos patrimoniales. Mediante el instrumento formal de cesión de derechos patrimoniales (Cesión de Derechos Patrimoniales de Autor en favor de la Universidad Santo Tomás, hipervínculo al documento de “Carta de presentación al editor y declaraciones”), las autoras y los autores ceden a la Universidad Santo Tomás, de manera total, irrevocable y sin limitación alguna, ni territorial, a título gratuito, los derechos patrimoniales de autor derivados del manuscrito aceptado para publicación. La cesión cubre la autorización para copiar, reproducir, distribuir, publicar y comercializar el manuscrito por cualquier medio, electrónico o reprográfico, así como su difusión en las bases de datos e índices donde la revista se encuentre indexada.

Derechos morales de las autoras y los autores. Las autoras y los autores conservan en todo momento sus derechos morales sobre la obra, conforme al artículo 30 de la Ley 23 de 1982, la Ley 1450 de 2011 y la Ley 1520 de 2012. Estos derechos son irrenunciables y comprenden, entre otros, los derechos de paternidad e integridad sobre la obra.

Garantía de originalidad y saneamiento. Las autoras y los autores manifiestan que el contenido del manuscrito es de su autoría, es inédito, no está siendo evaluado por otra institución, no ha sido enajenado a terceros, y no presenta limitación legal o contractual que prohíba su publicación e indexación. Las autoras y los autores se comprometen a acudir al saneamiento y responsabilidad por cualquier acción de reivindicación, plagio o reclamación judicial o extrajudicial que pudiera sobrevenir.

Tratamiento de datos personales. La Universidad Santo Tomás, en su calidad de responsable del tratamiento de datos, conserva con especial cuidado los datos personales suministrados por las autoras y los autores, conforme a la Ley 1266 de 2008, la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y las normas que las modifiquen, regulen o amplíen. Las autoras y los autores autorizan a la Universidad el tratamiento de sus datos personales con fines editoriales, estadísticos, de control, supervisión, indexación y reporte a sistemas de información académica. Las autoras y los autores conservan el derecho a conocer, actualizar y rectificar la información mediante comunicación al correo institucional [email protected].

Anclaje legal. El régimen de derechos se rige por la Ley 23 de 1982 (Régimen General de Derechos de Autor de Colombia), la Ley 1450 de 2011, la Ley 1520 de 2012, las leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012 en materia de protección de datos personales, el Decreto 1377 de 2013, el Reglamento de Propiedad Intelectual de la Universidad Santo Tomás (Acuerdo 40 del 2 de octubre de 2017), y las normas colombianas e internacionales conexas en materia de derechos de autor.