Seguridad ciudadana y los sistemas de videovigilancia. Límites, garantías y regulación
Public security and video surveillance systems. Limits, guarantees and regulation
Resumen (es)
Las nuevas tecnologías han producido cambios insospechados y han planteado para el derecho innumerables retos. Uno de ellos es el que suscita la videovigilancia, cuya finalidad, entre otras muchas, es ofrecer mayor seguridad a los ciudadanos. El uso de estos sistemas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como un instrumento para prevenir alteraciones de la seguridad ciudadana en lugares públicos suscitó muchos interrogantes, en especial, la vulneración que el uso de tales sistemas puede plantear al derecho a la intimidad en sentido amplio. Para legitimar su uso y evitar que se produzcan injerencias del poder público en el “derecho a la vida” de las personas en España, fue aprobada la denominada Ley de Videovigilancia, texto legal que constituye el marco normativo aplicable a la utilización de los sistemas de grabación de imágenes y sonidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el cumplimiento de las competencias encomendadas por la Constitución española respecto de la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, todo ello en aras a la protección de la seguridad ciudadana.Resumen (en)
to the law. One of them is the video surveillance raises aimed, among many
others, is to provide greater security for citizens. The use of these systems by the Forces
of Security as a tool to prevent disturbances of public safety in public places raised
many questions, especially the violation that the use of such systems can give rise to
the right to privacy broad sense. To legitimize their use and prevent interference of
public power produced in the "right to life" of people, it was approved in Spain the
so-called law of video surveillance legal text that constitutes the regulatory framework
applicable to the use of recording systems images and sounds by the Security Forces
in fulfilling the tasks entrusted by the Spanish Constitution concerning the protection
of the free exercise of rights and freedoms. All this in order to protect public safety.
Referencias
Arzoz Santisteban, X. (2010). Videovigilancia, seguridad ciudadana y derechos fundamentales. Navarra: Thomson Reuteres-Civitas.
De La Iglesia Chamarro, A. (2007). Las comisiones de garantía de la videovigilancia. Revista de Derecho Político, 68, 211-246. Recuperado de http://goo.gl/y42FBr
Goold, B. (2010). Videovigilancia y derechos humanos. En Foro Europeo para la Seguridad Urbana, Ciudadanos, ciudades y videovigilancia. Hacia una utilización democrática y responsable de la videovigilancia (pp. 27-36). París: Foro Europeo para la Seguridad Urbana – STIPA Montreuil.
Martínez, R. (2001). Tecnologías de la información, policía y Constitución. Valencia: Tirant Lo Blanch.
Parejo Alfonso, L. (1996). Manual de derecho administrativo (vol. 2). Barcelona: Ariel.
Parejo Alfonso, L. (2008). Seguridad y policía de seguridad. Valencia: Tirant Lo Blanch.
Parejo Alfonso, L. (2011). Lecciones de derecho administrativo. Valencia: Tirant Lo Blanch.
Ulrich, B. (2000). Retorno a la teoría de la sociedad del riesgo. Boletín de la Asociación de Geográfos Españoles, 30, 9-20
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