Publicado
2012-06-08

Aportes de la Tradición Jurídica Anglosajona al derecho de contratos de tendencia global

DOI: https://doi.org/10.15332/s1900-0448.2012.0036.01
Joaquín Acosta

Resumen (es)

Desde la antiguedad misma se ha reconocido que el orden público y las buenas costumbres son nociones que imponen límites a la libertad de los negociantes; igualmente se ha reconocido que se trata de nociones legalmente indefinidas y, por lo tanto, de contenido variable, dependiento de la interpretación jurisprudencial que el respectivo operador jurídico haga en cada momento histórico. En la presente épocala jurisprudencia estatal ha sido la gran insporadora de interpretaciones que incorporan postulados acordes con la era global, estableciendo un contenido material que los Estados deberán respetar para lograr los objetivos transnacionales de lo jurídico, entre otros, el de establecer una base uniforme de reglas de juego económicas, que no deben ser ajenas a un imperativo universal de justicia en materia contractual.

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Acosta, J. (2012). Aportes de la Tradición Jurídica Anglosajona al derecho de contratos de tendencia global. IUSTA, 1(36). https://doi.org/10.15332/s1900-0448.2012.0036.01