Publicado
2024-07-01

La justicia restaurativa, un tránsito necesario

Restorative justice, a necessary transit

Justiça restaurativa, uma transição necessária

DOI: https://doi.org/10.15332/25005286.10694
María Constanza Ballesteros Moreno https://orcid.org/0000-0003-3147-7488
David Vanegas González https://orcid.org/0009-0007-5998-5106

Resumen (es)

La aplicación de un modelo de justicia más justo representa importantes retos, transformaciones y cambio de paradigmas para todos los operadores jurídicos, principalmente para los jueces, pues ha implicado ampliar la mirada para no solo centrarse en la sanción de los responsables de la violación de una norma jurídica, sino además pensar en los intereses de quienes resultaron afectados por dichos hechos. Es así como en el modelo de justicia restaurativa, las víctimas ocupan el lugar central dentro del proceso judicial. Este artículo busca evidenciar los aportes de los jueces en ese modelo de justicia que implica tener en cuenta, en primer plano, la reparación a las víctimas, más que la sanción de los responsables. Para este efecto se plantea la siguiente pregunta: ¿Cuáles han sido los aportes de los jueces para la realización de la justicia restaurativa como modelo de justicia con enfoque de derechos humanos en Colombia? Con el fin de resolver el interrogante planteado, se definirá, en primer lugar, el término justicia restaurativa, posteriormente se analizarán los efectos de su aplicación para, finalmente, verificar los aportes desde la judicatura. Se evidencia así el determinante papel del juez, ya que a través de su comprensión y conocimiento de las necesidades y características de las partes facilita la realización de la verdad, la justicia, la reparación, la garantía de no repetición y aporta de manera eficaz a la construcción de paz y la convivencia.

Palabras clave (es): justicia restaurativa, reparación integral, derechos de las víctimas, convivencia social

Resumen (en)

The application of a “fairer” model of justice represents important challenges, transformations and paradigm shifts for all legal operators, mainly for judges, since it has involved broadening the perspective to not only focus on the punishment of those responsible for the violation. of a legal norm, but also think about the interests of those who were affected by said events. This is how in the restorative justice model, victims occupy the central place in the judicial process. It is the interest of this writing to highlight the contributions of judges in this model of justice that implies taking into account in the foreground the reparation to the victims, rather than the punishment of those responsible, for this purpose the following question is raised: What Have the contributions of judges been to the realization of restorative justice as a model of justice with a Human Rights approach in Colombia? In order to resolve the question raised, the term restorative justice will first be defined, then the effects of its application will be analyzed to finally verify the contributions from the judiciary. The determining role of the judge is thus evident, since through his understanding and knowledge of the needs and characteristics of the parties he facilitates the realization of truth, justice, reparation, the guarantee of non-repetition and effectively contributes to the construction of peace and coexistence.

Palabras clave (en): restorative justice, comprehensive reparation, victims' rights, social coexistence

Resumen (pt)

A aplicação de um modelo mais justo de justiça representa importantes desafios, transformações e uma mudança de paradigmas para todos os operadores do direito, especialmente para os juízes, pois implicou ampliar a visão para não apenas focar na punição dos responsáveis pela violação de uma norma jurídica, mas também pensar nos interesses daqueles que foram afetados por esses eventos. Assim, no modelo de justiça restaurativa, as vítimas ocupam o lugar central no processo judicial. Este artigo procura demonstrar as contribuições dos juízes nesse modelo de justiça, que envolve levar em conta, em primeiro lugar, a reparação das vítimas, em vez da punição dos responsáveis. Para tanto, é feita a seguinte pergunta: Quais foram as contribuições dos juízes para a realização da justiça restaurativa como um modelo de justiça com uma abordagem de direitos humanos na Colômbia? Para resolver a questão proposta, primeiro será definido o termo justiça restaurativa, depois serão analisados os efeitos de sua aplicação e, por fim, serão verificadas as contribuições do Judiciário. Dessa forma, fica evidente o papel decisivo do juiz, pois, por meio de sua compreensão e conhecimento das necessidades e características das partes, ele facilita a realização da verdade, da justiça, da reparação, da garantia de não repetição e contribui efetivamente para a construção da paz e da convivência.

Palabras clave (pt): justiça restaurativa, reparação abrangente, direitos das vítimas, convivência social
María Constanza Ballesteros Moreno, Universidad Santo Tomás

Abogada, especialista en Derecho Público, magíster en Derechos Fundamentales, Ph. D. en Derechos Humanos. Investigadora Junior.

David Vanegas González, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta

Abogado, especialista en las siguientes disciplinas: Cultura Política – Pedagogía de los Derechos Humanos, Derecho Penal y Criminología, Responsabilidad Civil y del Estado, Derecho Probatorio Penal y Derecho Procesal Penal. Magistrado de la Sala de Decisión Penal, Santa Marta, Magdalena. 

Referencias

Acosta López, J., & Espitia Murcia, C. (2020). Justicia restaurativa y reparación: desafíos de la JEP frente a una relación en construcción. Vniversitas vol 69, 1-31. doi:DOI: https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj69.jrrd

Acosta-López J.& Espitia Murcia C. V. (2020). Justicia restaurativa y reparación: desafíos de la JEP frente a una relación en construcción. Vniversitas , 69, 1–3, 1-31. doi:https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj69.jrrd

Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. (2016). Bogotá.

Aristóteles. (1970). Ética a Nicómano. (J. M. Araújo, Ed.) Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Comisión, C. d. (2007). Principios internacionales sobre impunidad y reparaciones. Bogotá.

Congreso, C. d. (25 de 07 de 2005). Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios. Ley 975.

Consejo de Estado [CE]. (2014). Sentencia de unificacion/Acción de reparación directa /Ejecución extrajudicial y desaparición forzada/Control de convencionalidad/Responsabilidad del Estado por graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario. https://bit.ly/4edj4EL

Consejo de Estado, Sección Tercera (María Delfa castañeda y Otros 20 de Febrero de 2008).

Consejo de Estado, sección tercera, 32988 (Sala plena 2014 de agosto de 2014).

Corte Constitucional (Sentencia C-142 2019).

Corte Constitucional (Sentencia 374 2020).

Corte Constitucional, T-054 de 2017, M.P. Gabriel Edurado Mendoza Martelo.

Corte Constitucional, C-538 de 2019 , MP Diana Fajardo Rivera.

Corte Interamericana de Derechos Humanos , Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala, sentencia del 19 de noviembre de 2004 (2004).

Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia de 16 de noviembre de 2009 (Caso González y otras (Campo algodonero) vs. México 2009).

Corte Interamericana de Derechos Humanos (Operación Génesis vs. Colombia 20 de Noviembre de 2013).

Corte Suprema de Justicia (Sentencia del 4 de junio 2014).

Davis, F. (2017). Little book of race and retorative justice: black lives, healing and US social transformation. New York: Good Books.

Dussich, J. P. (2012). Asistencia, recuperación y restauración de las víctimas. EGUZKILORE No. 26, 53-62.

El Espectador. (22 de abril de 2019). ¿Se puede hacer justicia sin pagar cárcel? Obtenido de https://www.elespectador.com/colombia-20/jep-y-desaparecidos/se-puede-hacer-justicia-sin-pagar-carcel-article/

Gómez, N., Palacios , A., & Pérez , L. (2021). Justica restaurativa en casos de odio y discriminación. Barcelona: Institut de Drets Humans de Catalunya.

ONU. (29 de noviembre de 1985). Resolución 40/34 AG.

ONU. (16 de diciembre de 2005). Oficina del Alto Comisionado. Obtenido de Resolución 60/147 AG : https://www.ohchr.org/en/instruments-mechanisms/instruments/basic-principles-and-guidelines-right-remedy-and-reparation

ONU. (2006). Manual de programas sobre justicia restaurativa. Nueva York: Naciones Unidas.

Reyntjens, F. (2018). Genocidio de los Tutsi en Ruanda. Cuadernos Deusto de Derechos Humanos No. 91.

Sánchez León, N., & Parra Vera, O. (2018). Elementos para una justicia de pez restaurativa. Bogotá: Ediciones USTA.

Tapias Saldaña, Á. C. (2017). Implementación de justicia restaurativa en mecanismos alternativos de solución de conflictos y justicia restaurativa. En Á. Tapias, Justicia restaurativa en Colombia: aplicaciones desde la academia (pág. 224). Bogotá: Ediciones USTA.

Uprimny-Yepes R. & Guzmán-Rodríguez D. (2010). En búsqueda de un concepto transformador y participativo para las reparaciones. 17 International Law, Revista Colombiana de, 231-286.

Zher, H. (2010). El pequeño libro de la justicia restaurativa. Good books.

Cómo citar

Ballesteros Moreno, M. C., & Vanegas González, D. (2024). La justicia restaurativa, un tránsito necesario. IUSTA, 61, 10-30. https://doi.org/10.15332/25005286.10694