Los convenios de asociación con entidades sin ánimo de lucro: falencias en su aplicación y perspectivas hacia la eficiencia de la inversión social
Partnership agreements with non-profit entities: Weaknesses in their application and perspectives towards the efficiency of social investment
Resumen (es)
Las falencias en la aplicación de la figura jurídica de los convenios de asociación bajo la normatividad de los decretos 777 y 1403 de 1992, evidenciadas a través del análisis teóricopráctico, mostraron un impacto negativo en la aplicación de los convenios. Ello evidenció la necesidad de una nueva reglamentación que, de manera real y efectiva, armonizara esta tipología con el Estatuto General de la Contratación Pública y la aplicación de los principios que la rigen, en especial los de transparencia y selección objetiva, desconocidos y violentados de manera reiterada con el uso indebido y exagerado de esta figura exceptiva, a fin de obviar mecanismos de selección contemplados en la ley contractual.
A pesar de que el Decreto 092 del 2017 consagró la aplicación de los principios de la contratación estatal a los convenios de asociación con entidades sin ánimo de lucro, no determinó criterios objetivos que permitieran garantizar la selección objetiva de una ESAL y, mucho menos, integrarla de manera efectiva al estatuto contractual.
La pregunta problematizadora de este manuscrito es ¿cómo superar las falencias en la aplicación de los convenios de asociación para garantizar la eficiencia en la inversión social de los recursos públicos? Los objetivos específicos del artículo son: determinar los antecedentes históricos y normativos de los convenios de asociación; demostrar las falencias en la aplicación de la figura jurídica evidenciadas en el estudio de cinco procesos disciplinarios de convenios de asociación, a la luz de los decretos 777 y 1403 de 1992, y proponer la inclusión de los convenios de asociación como una modalidad de la contratación estatal para garantizar la aplicación de los principios de transparencia y selección objetiva.
Resumen (en)
The shortcomings in the application of the legal figure of the partnership agreements under the regulations of decrees 777 and 1403 of 1992, evidenced through the theoretical-practical analysis, showed a negative impact on the application of the agreements. It evidenced the need for a new regulation that, in a real and effective way, will harmonize this typology with the General Statute of Public Procurement and the application of the principles that govern it, especially those of transparency and objective selection, unknown and violated in a repeated way with the improper and exaggerated use of this exceptive figure, in order to obviate the selection of mechanisms contemplated in the contractual law.
Despite the promulgation of Decree 092 of 2017 enshrined the application of the principles of state contracting to partnership agreements with non-profit entities, it did not determine objective criteria that would guarantee the objective selection of the non-profit organizations (NPO) and, much less, its effective integration into the contractual statute.
The problematic question of this manuscript is: how to overcome the shortcomings in the application of partnership agreements to ensure the efficiency in social investment of public resources? The specific objectives of the article are to determine the historical and normative antecedents of the partnership agreements; demonstrate the flaws in the application of the legal figure evidenced in the study of five disciplinary partnership agreements, in light of decrees 777 and 1403 of 1992, and propose the inclusion of the partnership agreements as a modality of state contracting to guarantee the application of the principles of transparency and objective selection.
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